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¿Qué es el CAP?

Certificado de Aptitud Profesional. Regulado en el RD 1032/2007 (enlazarlo al BOE) es la profesionalización de la conducción de vehículos que transportan mercancías o viajeros. Para obtenerlo es necesaria una formación inicial así como una continua.

¿Es obligatorio?

Sí, para la conducción de vehículos que requiera un permiso de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E.

¿En que consiste la formación inicial?

Toda persona que quiera obtener el permiso de conducción en fecha posterior a la entrada en vigor del CAP (2008 viajeros y 2009 mercancías) deberá realizar además un curso de formación y posterior examen, con las excepciones que legalmente se determinen.

El CAP inicial que impartimos es en modalidad acelerada, son 140 horas de las cuales 130 son teóricas y 10 son prácticas. La asistencia es obligatoria.

El examen consiste, actualmente, en 100 preguntas (más 3 de reserva), cada acierto suma 1 punto, cada fallo resta 0,5 y sin contestar ni suma ni resta. Para aprobar hay que conseguir 50 puntos. Importante: Se disponen de 2 meses para aprobar desde la finalización del curso.

¿Si tengo el carné antes de la entrada en vigor?

Si obtuviste el permiso de la clase D1/D con anterioridad al 11 de septiembre del 2008 o el permiso de la clase C1/C con anterioridad al 11 de septiembre de 2009 estás exento de la cualificación inicial pero NO de la continua, que deberás realizar antes de trabajar como conductor profesional.

Formación continua.

Cada 5 años hay que renovar la formación CAP. La formación continua consiste en un curso de 35 horas de duración de obligatoria asistencia, no hay examen oficial. Puedes renovar tu CAP con una antelación máxima de un año para su caducidad y mantendrás la fecha de la Misma.